Se entiende por procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales el conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer estas competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
[list]
- Competencia Profesional: el conjunto de conocimientos y capacidades que permitan el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. Las competencias profesionales se incluyen en las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales.
- Cualificación Profesional: el conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral. Las cualificaciones profesionales se recogen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y se acreditan en títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad.
- Vías formales de formación: Procesos formativos cuyo contenido está explícitamente diseñado en un programa que conduce a una acreditación oficial
- Vías no formales de formación: Procesos formativos no conducentes a acreditaciones oficiales.
( Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral )
[/list]
[list]
- Actividades de gestión administrativa: 300 plazas.
- Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente: 300 plazas.
- Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical: 300 plazas.
- Instrucción en Yoga: 100 plazas.
- Mantenimiento eléctrico de baja tensión: 200 plazas.
- Cocina: 150 plazas.
- Transporte sanitario: 100 plazas.
- Teleoperaciones de Atención, Gestión y Coordinación de Emergencias: 250 plazas.
- Atención sociosanitaria a personas en el domicilio: 1.800 plazas.
- Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales: 900 plazas.
- Atención al Alumnado con Necesidades Educativas Especiales (ACNEE) en Centros Educativos: 300 plazas.
- Dinamización de Actividades de Tiempo Libre Educativo Intantil y Juvenil: 200 plazas.
[/list]
- Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano/a de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
- Tener 20 años cumplidos en el momento de presentar la solicitud.
- Tener experiencia laboral o formación relacionada con la cualificación profesional que solicite, en los últimos 10 años (hasta la fecha de la convocatoria), justificando, al menos, uno de los siguientes requisitos:
- 3 años de experiencia o más, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas.
- 300 horas o más de formación no formal.
Las personas interesadas en participar en el procedimiento deberán presentar el modelo de solicitud establecido conforme al Anexo I de la convocatoria, junto con la documentación justificativa que acredite los requisitos declarados, según se recoge en el resolutorio Séptimo de la convocatoria.
El Anexo I de solicitud, así como el resto de documentación relacionada con la misma, estará disponible en la web del IACP durante el plazo de presentación de solicitudes.
Del 1 al 21 de febrero de 2017, ambos inclusive. No se admitirán solicitudes presentadas fuera de este plazo.
Las solicitudes (Anexo I) se cumplimentarán y presentarán, preferentemente, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Educación, cuyo acceso estará disponible a partir del 1 de febrero.
[button style=”btn-success” url=”http://juntadeandalucia.es/boja/2016/247/BOJA16-247-00031-22676-01_00104906.pdf” target=”_blank” block=”btn-block”] Enlace al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA)[/button]
- Centro de Atención a la Comunidad Educativa (CAUCE)
- Teléfono: 955405619/ 900848000 (teléfono gratuito)
- Formulario de contacto