La Diputación de Málaga ha aprobado por Junta de Gobierno en fecha 21 de Julio de 2021 las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones de apoyo a autónomos de la provincia de Málaga con motivo del COVID 19, anualidad 2021, cuyo objeto es el apoyo del empleo autónomo, a través de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de la cuota del Régimen especial de Trabajadores/as Autónomos/as o mutualidad alternativa, por un periodo de 12 meses, a autónomos y profesionales, que residan y ejerzan su actividad en municipios menores de 50.000 habitantes de la provincia de Málaga y que hayan reducido sus ingresos brutos o facturación en un 50% en el primer trimestre del año 2021, con respecto al mismo trimestre del año 2020, con motivo del COVID-19.
El plazo de presentación de solicitud se iniciará al día siguiente al que se publique en el BOPMA (02/09/2021), el extracto de la Convocatoria y permanecerá abierto hasta agotar el presupuesto disponible y, en todo caso, hasta el 23 de septiembre de 2021.
Los/as solicitantes deberán presentar la solicitud (Anexo III), debidamente cumplimentada y firmada, por la persona solicitante o representante junto con la documentación acreditativa correspondiente, especificada en el artículo 7 de la Convocatoria. La presentación se efectuará por cualquiera de los medios siguientes en atención a que los interesados estén obligados o no a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A) Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:
- En el Registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica en el vínculo https://sede.malaga.es/ied-subvencion-apoyo-autonomos-covid-2021/
- En el Registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do seleccionando después de iniciar el trámite, a través del buscador, la unidad correspondiente (Empleo) a la que, de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, debe dirigirse dentro de la Diputación Provincial, la documentación.
B) Para los restantes interesados:
- En algunos de los medios anteriormente señalados en el apartado A) del presente artículo.
- En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En la oficina de asistencia en materia de Registros de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las Comunidades Autónomas, o Entidades que integran la Administración Local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.
Los formularios/anexos se encuentran disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Málaga, accesible desde la página web www.malaga.es, siendo de uso obligatorio para los/as solicitantes en virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Cuando la solicitud se presente en un Registro distinto del de la Diputación de Málaga o, en las Oficinas de Correos, además de figurar en la misma la fecha de presentación, el solicitante deberá simultáneamente remitir aviso de presentación por correo electrónico a empleo@malaga.es.
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